A principios del 2018, luego de haber completado todos los requisitos de rigor, ODAID recibe de la Dirección General de Ingresos, mediante Resolución 201-5422 de 8 de septiembre de 2017, la inscripción en el registro de entidades autorizadas para recibir donaciones y que las mismas sean deducibles del Impuesto sobre la Renta para sus donantes.
Esta autorización le permite a ODAID transferir a sus donantes el beneficio de considerar como gastos deducibles del Impuesto sobre la Renta sus donaciones hasta cincuenta mil balboas, tratándose de personas naturales y, en el caso de personas jurídicas, hasta 1% de su ingreso gravable.
Este reconocimiento facilitará a ODAID continuar con su objetivo fundamental de contribuir con el desarrollo integral y sustentable de las comunidades, a través del fortalecimiento de las capacidades individuales e institucionales.